3. No obstante las disposiciones de los apartados 1 y 2, las remuneraciones obtenidas por razón de un empleo ejercido a borde de un buque o aeronave explotado en tráfico internacional pueden someterse a imposición en el Estado contratante en que esté situada la sede de dirección efectiva de https://pa-ses-sin-extradici-n-co60257.blog5.net/72111332/notas-detalladas-sobre-abogado-en-francia-que-hable-español